La Comisión Europea plantea cobrar un impuesto del 3 % sobre las ventas de Google, Apple, Facebook o Amazon

La Comisión Europea plantea cobrar un impuesto del 3 % sobre las ventas de Google, Apple, Facebook o Amazon
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La Comisión Europea ha propuesto este miércoles la creación de un impuesto sobre ingresos procedentes de actividades digitales que aplicándose con un tipo del 3 %, el mencionado en la documentación, supondría ingresos por valor de 5.000 millones de euros anuales para los países de la Unión Europea.

Según la propuesta difundida por el organismo, se trataría de un gravamen provisional que garantizaría que las actividades que actualmente están completamente exentas de impuestos empezaran a generar ingresos para los Estados miembros de una forma inmediata. La intención, aseguran, es garantizar que las actividades empresariales digitales tributen "de manera equitativa y favorable al crecimiento". Deslizando que en la actualidad no sucede así.

Los países de la UE podrían recaudar 5.000 millones de euros anuales

Esta propuesta legislativa viene acompañada de otra iniciativa que tiene por objetivo reformar las normas que afectan al impuesto de sociedades para que se declaren y graven los beneficios de empresas como Google, Apple, Facebook o Amazon —el grupo que muchos denominan GAFA— allí donde llevan a cabo "una interacción significativa con los usuarios mediante canales digitales". Es la solución a largo plazo por la que aboga la Comisión.

Entre otras actividades, se quiere gravar la venta de datos de los usuarios

El impuesto provisional indirecto se aplicaría a los ingresos generados a partir de determinadas actividades digitales "que quedan completamente fuera del actual marco fiscal" y a empresas que facturan 750 millones anuales a nivel mundial y 50 millones en el mercado comunitario. Es decir, las pequeñas compañías no se verían afectadas.

Las actividades en cuestión serían aquellas en las que los usuarios desempeñan un papel decisivo en la creación de valor, como la venta de espacios publicitarios en línea, los intermediarios que ponen en contacto a usuarios para la venta de bienes y servicios entre ellos o la venta de datos obtenidos de información aportada por los usuarios.

Esta reforma del impuesto de sociedades permitiría gravar beneficios que se generan en un territorio aunque no se tenga presencia física en el país en cuestión combatiendo la elusión

La reforma común de las normas de la Unión Europea relativas al impuesto sobre sociedades para las actividades digitales permitiría gravar beneficios que se generan en el territorio de un país, aunque la empresa que los consigue no tenga presencia física allí. Esto garantizaría que tanto las compañías con sedes como aquellas que operan sobre el terreno de forma digital "contribuyan a las finanzas públicas en la misma medida".

Si una plataforma digital, en un país miembro, supera el umbral de 7 millones de euros de ingresos anuales, tiene más de 100.000 usuarios durante un ejercicio fiscal o genera más de 3.000 contratos de servicios digitales entre la sociedad y los usuarios durante un año financiero, se considerará que tiene una "presencia digital" gravable o un "establecimiento permanente virtual".

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