"ACTA está fuera de la ley y atenta contra el acervo comunitario", el dictamen jurídico de los profesores

El Tratado de la Unión Europea declara que un objetivo de la Unión es mantener íntegramente el acquis communautaire (acervo comunitario)

Un grupo de prestigiosos profesores de Derecho en el ámbito de la propiedad intelectual han publicado un dictamen sobre el Acuerdo Comercial contra la Falsificación (ACTA) que determina los aspectos más críticos del mismo e invita a las instituciones europeas y nacionales a examinar y revisar muchos de los puntos del acuerdo internacional antes de ratificarlo.

El dictamen ha sido coordinado por el Prof. Dr. Axel Metzger y Rita Matulionyte del Instituto de Estudios Legales de la Universidad Leibniz de Hannover. El dictamen se presentará esta semana al Parlamento Europeo y otras instituciones con el aval del prestigio de los mejores especialistas en la adaptación del Derecho de Autor a la Sociedad de la Información. Por eso el informe se limita a cuestionar el acuerdo por su incompatibilidad con nuestro derecho y nuestras leyes.

Mientras que la Comisión Europea y una precaria mayoría de eurodiputados sostenida por los populares mantienen que el ACTA es totalmente compatible con la legislación de la UE, no piensan los mismo desde las cátedras y los despachos que acogen a los profesores más prestigiosos del mundo en la materia.

Los profesores denuncian, entre otras cosas, que algunas de las disposiciones más controvertidas no han sido retiradas por completo de ACTA y que en algunos casos han sido simplemente maquilladas con la fórmula ("podrá") lo que significa una incitación política para aplicarlas. El dictamen de los profesores es un contundente varapalo que se acrecienta cuando se profundiza punto por punto en las aberraciones de ACTA al que considera incompatible con el derecho comunitario en su estado actual.

ACTA no reafirma las garantías para los usuarios privados exigidas en las resoluciones del propio Parlamento Europeo, denuncia el dictamen, por ejemplo en relación con el derecho al uso justo de una obra protegida, incluyendo la reproducción (copia) de audio o por cualquier otro medio, para fines de crítica, comentarios, reportajes (noticias), enseñanza (incluyendo copias múltiples para uso en el aula) o investigación, no constituye un delito penal".

De lo general a lo concreto. Por ejemplo se recuerda que el Parlamento Europeo sugirió que las importaciones paralelas debe ser específicamente excluidas del ámbito de las infracciones penales. Esta exclusión no se refleja en el ACTA. Además la copia no autorizada de obras cinematográfica se tipifica específicamente por la presión del lobby del cine, como delito en cualquier caso. Una vez más no se tiene en cuenta la excepción en relación con el uso justo y la copia para uso privado y sin fines de fines de lucro subrayado en repetidas ocasiones por el PE. Los profesores insisten una y otra vez en que ACTA está violentando el acervo comunitario, un golpe seco contra el derecho comunitario y su progresiva consolidación, ahora cercenada, en una jurisprudencia garantista y no meramente represiva o policial.

Y es que ACTA no garantiza un proceso con garantías y autoriza a las autoridades nacionales a decomisar y destruir los materiales que se consideren falsificados en la misma frontera (ropa, medicamentos genéricos, ordenadores...) sin que el presunto infractor tenga el derecho a ser escuchado. Además este capítulo no contiene ninguna disposición directa equivalente a la que sí aparece en los ADPIC sobre una indemnización en los casos de negligencia en el decomiso.

Entre las muchas críticas de este fuerte varapalo jurídico y académico a la clase política que apoya ACTA destaca, como era de imaginar, la amplia definición (más bien indefinición) del concepto "Escala comercial" que es incompatible con la propia interpretación adoptada por el grupo especial de la OMC, que se refiere a "la falsificación realizada en la magnitud o el alcance de actividad comercial habitual o típico con respecto a un determinado producto en un determinado mercado".

Precisamente según el dictamente elaborado en la Universidad de Hannover, ACTA va más allá y desnaturaliza incluso el Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), por ejemplo cuando convierte en obligatorio revelar "los datos de abonados infractores y no infractores" mientras que el artículo.47 sobre los ADPIC se refiere sólo a un infractor. ACTA ha sido mejorad en los aspectos retóricos por ejemplo cuando menciona que los principios fundamentales "como la libertad de expresión, proceso justo, y la privacidad" se garantizan. Sin embargo no proporciona disposiciones específicas sobre cómo estos derechos deben garantizarse eficazmente como hacen las disposiciones sobre la privacidad en las Directivas 95/46/CE, 2002/58/CE, y 2006/24/CE.

El dictamen, un auténtico varapalo contra ACTA desde el corazón académico de Europa, cuenta con el apoyo de un grupo promotor y un prestigioso elenco de primeros firmates:

Roberto D'Erme , Asistente de Investigación del Centro de Estudios Internacionales de la Propiedad Intelectual (CEIPI), la Universidad de Estrasburgo

Christophe Geiger, Director General y Director del Centro Internacional de Estudios de la Propiedad Intelectual (CEIPI), la Universidad de Estrasburgo

Henning Große Ruse-Khan, Senior Research Fellow, Instituto Max Planck de Propiedad Intelectual, Competencia y Derecho Tributario, Múnich

Christian Heinze, Senior Research Fellow, Instituto Max Planck para el Derecho Internacional Privado y Comparado, de Hamburgo

Thomas Jaeger, Senior Research Fellow, Instituto Max Planck de Propiedad Intelectual, Competencia y Derecho Tributario, Múnich

Rita Matulionyte (coordinadora), Investigador Senior del Instituto de Informática Jurídica, Universidad Leibniz de Hannover

Axel Metzger (coordinador), profesor de Derecho Civil y Propiedad Intelectual, Instituto de Informática Jurídica, Universidad Leibniz de Hannover


Lionel Bently, profesor de Derecho de la Propiedad Intelectual, Director del Centro de Propiedad Intelectual y Derecho de la Información de la Universidad de Cambridge

Michael Blakeney, profesora de Derecho de la Universidad de Australia Occidental y profesor invitado en la Queen Mary Instituto de Investigación de la Propiedad Intelectual

Thomas Dreier, catedrático de Derecho de la Propiedad Intelectual, Director del Instituto para la Información y Derecho Económico, Instituto de Tecnología de Karlsruhe (KIT), Karlsruhe

Josef Drexl, Director del Instituto Max Planck para la Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia, Munich

Mireille van Eechoud, profesor Asociado en el Instituto de Derecho de la Información, Facultad de Derecho de la Universidad de Amsterdam

Nikolaus Renuncie, profesor de Derecho de las Tecnologías de la Información, Instituto de Informática Jurídica, Universidad Leibniz de Hannover

Jonathan Griffiths, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Reina María de Londres

Reto Hilty, Director del Instituto Max Planck para la Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia, Munich

Thomas Hoeren, profesor y Director del Instituto para la Información, Telecomunicaciones y Medios de Comunicación Ley (ITM), Universidad ofMünster

Bernt Hugenholtz, profesor de Derecho de la Propiedad Intelectual, Director del Instituto de Derecho de la Información, Facultad de Derecho de la Universidad de Amsterdam

Matthias Leistner, profesor de Propiedad Intelectual Civil y Derecho de la Competencia, de la Universidad de Bonn

Ansgar Ohly, profesor de Derecho Civil y Derecho de la Propiedad Intelectual de la Universidad de Bayreuth

Miquel Peguera, profesor asociado de Derecho Mercantil, Departamento de Derecho y Ciencias Políticas de la Universitat Oberta de Catalunya, Barcelona

Peifer Nikolaus, profesor y Director del Instituto para los Medios y la Ley de Comunicaciones de la Universidad de Colonia

Peukert Alexander, profesor de Derecho Mercantil y Derecho de Propiedad Intelectual, Derecho Civil, Universidad Goethe de Frankfurt

Haimo Schack, profesor de Derecho de Autor, Derecho Civil y Derecho internacional en la Christian Albrecht University de Kiel

Gerald Spindler, profesor de Derecho Comercial, Derecho Comparado, Multimedia y Telecomunicaciones de la Universidad de Göttingen

Martin Senftleben, profesor de la Propiedad Intelectual de la Facultad de Derecho de la Universidad de Amsterdam

Malte Stieper, profesor de Derecho Civil, Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia, de la Universidad de Halle.

Uma Suthersanen, profesor de Derecho de Propiedad Intelectual Internacional, María Universidad Queen de Londres

Guido Westkamp, profesor Adjunto de Derecho de Propiedad Intelectual, María Universidad Queen de Londres

Andreas Wiebe, profesor de Competencia Civil y la Ley de Propiedad Intelectual, Medios de Comunicación y Derecho de la Información, Universidad de Göttingen

Dan Wielsch , profesor de Derecho Civil y Teoría Jurídica de la Universidad de Colonia

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