Mercadona dejará de usar sus polémicas cámaras para reconocimiento facial: la Justicia se lo prohíbe en un supermercado

Hace prácticamente un año, Mercadona anunció que comenzaba a usar un sistema de reconocimiento facial para detectar "única y exclusivamente" a las personas con sentencia firme y medida cautelar de orden de alejamiento a los establecimientos. La medida desencadenó un aluvión de críticas tras entrar en funcionamiento en cuarenta locales de Valencia, Zaragoza o Mallorca.

Ahora, según cuentan nuestros compañeros de Xataka, y a raíz de un auto judicial de la Audiencia Provincial de Barcelona obtenido por eldiario.es, a Mercadona se le impide el uso del sistema en uno de sus supermercados. En eldiario.es se puede leer que el sistema no está "protegiendo el interés público", "sino más bien, los intereses privados o particulares de la empresa en cuestión".

Un sistema que ya generó todo tipos de dudas

Cuando Mercadona anunció que utilizaría un sistema de reconocimiento facial automatizado que captaría rostros y los compararía con una base de datos en 0,3 segundos, tras lo que avisaría a las fuerzas y cuerpos de seguridad en caso de resultar en una detección positiva, los expertos alertaron sobre su desproporcionalidad y se mostraron muy sorprendidos con que el sistema pudiera existir, con dudas sobre la procedencia de las imágenes de la base de datos.

"Cuántas personas hay con sentencia firme y medida cautelar de orden de alejamiento en vigor (del establecimiento de Mercadona o de alguno de sus trabajadores) para que compense la inversión en este sistema y la captación de la imagen de todos los clientes?", se preguntaba el abogado especializado en derecho digital Borja Adsuara. Lo mismo hacía Jorge García Herrero, abogado especializado en Protección de datos: "Quién se los da. Mercadona solo puede tener acceso a la base de datos de los juzgados. Y de hecho los juzgados no tienen por qué tener mi cara. ¿De dónde saca Mercadona mi rostro para realizar la comparación?".

Según fuentes de eldiario.es, el sistema ya no estaba en marcha

Según recoge eldiario.es, en la sentencia se puede leer que Mercadona vulnera "las garantías adecuadas en orden a la protección de los derechos y libertades de los interesados, no ya sólo de los que han sido penados y cuya prohibición de acceso les incumbe, sino del resto de personas que acceden al citado supermercado". Además, pese a los 0,3 segundos, la sentencia aclara que "por muy rápido que sea, existe una violación de la privacidad".

Fuentes de Mercadona han explicado a Xataka que el sistema de reconocimiento facial "hace un tiempo que dejó de utilizarse". Aun así, y pese a haber finalizado las pruebas en el resto de tiendas, explican que "desde la compañía velamos por el cumplimiento de la ley en el respecto de la privacidad, por ello antes de implantar este sistema en pruebas se ha pedido siempre autorización a los diferentes juzgados de las tiendas donde se ha implantado".

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