
Que ambos vehículos quepan no resuelve todas las dudas
Seguro que no te resulta extraño ver cómo un coche y una moto comparten una plaza de garaje, aprovechando al máximo el espacio y dejando un margen mínimo para maniobrar. Y puede que alguna vez te hayas preguntado si eso realmente se puede hacer, porque una cosa es que los dos vehículos quepan y otra que puedan dejarse allí sin más.
La Ley de Propiedad Horizontal responde a esta duda: no prohíbe de forma general aparcar un coche y una moto en la misma plaza.
Pero sí hay matices respecto al espacio que ocupan. La moto puede tener las ruedas dentro de las líneas y, aun así, sobresalir. Lo esencial es que los dos vehículos deben quedar dentro de la plaza y dejar libres las zonas de paso, sin dificultar las maniobras de los demás. Si el vecino tiene que esquivar una moto que invade el pasillo para poder salir, ya hay un problema que reclamar.
El artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a respetar los elementos comunes y a actuar con diligencia en las relaciones con los otros propietarios. Eso exige que, en el caso de que queramos reclarmar como vecinos, debamos concretar el motivo de la queja ya que la mera presencia de dos vehículos no demuestra que se esté incumpliendo una norma.
La comunidad también puede aprobar reglas de convivencia y de uso de las zonas comunes, como recoge el artículo sexto de la Ley de Propiedad Horizontal. Estas deben respetar la legislación y los estatutos. Ahora bien, la ley no establece una multa automática por aparcar juntos el coche y la moto, y aprobarla en una reunión tampoco basta, por sí solo, para convertirla en una deuda exigible.
La reclamación sí puede llegar a los tribunales si se incumplen los estatutos o se realizan actividades que dañen la finca o contravengan las disposiciones sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Estos son los supuestos que recoge el artículo 7.2 de la misma ley. En esos casos, el presidente debe requerir que cese la actividad y, si el incumplimiento continúa, la junta puede autorizar la acción judicial para ponerle fin.
En cualquier caso, antes de discutir si hay que retirar la moto, conviene saber qué se está reclamando exactamente: una invasión del pasillo, una maniobra que queda bloqueada o una prohibición aplicable a esa plaza.
Foto | Generada con IA
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