Teletrabajar puede ser una gran solución para cuidar a tus hijos. La justicia lo avala y obligará a las empresas a permitirlo

El teletrabajo ha sido y es una herramienta muy útil para poder trabajar desde la comodidad de casa, recibiendo ahora mucho más protagonismo tras la pandemia. Pero más allá de ahorrar el hecho de ir a una oficina y trabajar en ella, también es una forma de favorecer la conciliación laboral. Son muchos los trabajadores que tratan de conseguir esta vía para lograr que exista un equilibrio entre la vida laboral y familiar, ya sea por la necesidad de cuidar a un familiar o estar más tiempo con los más pequeños de la casa.

El problema llega cuando esta filosofía de trabajar no está adaptada en todas las empresas. Esto es lo que ha ocurrido con una trabajadora de Oviedo, a la cual le rechazaron un permiso para poder teletrabajar para cuidar a sus dos hijos menores de 12 años. Este sin duda es un gran conflicto al que se tienen que enfrentar muchos trabajadores, llegando a acudir a los tribunales como ha ocurrido ahora, dándole finalmente la razón a esta madre.

Las empresas estarán obligadas a conceder el teletrabajo si no hay razones en contra

Tras la petición de la trabajadora, la empresa denegó que se pudiera tener una jornada de trabajo en remoto, ofreciendo únicamente el 23% de su jornada en esta modalidad. Y como es lógico, viendo que sus derechos podrían estar en peligro al estar completamente justificada, decidió acudir a los tribunales. Y como era de esperar, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias le ha dado la razón marcando jurisprudencia en su última sentencia.

En este documento se impone a la empresa la obligatoriedad de conceder 3 días de teletrabajo a la semana a esta trabajadora. Además, establece que cualquier empresa va a tener la obligación de aceptar el teletrabajo si no hay causas organizativas de peso. Esto quiere decir que siempre que el trabajo se pueda realizar fuera de la oficina, sin necesidad de estar presencialmente en las instalaciones de la empresa, será aprobado.

Finalmente, la empresa durante este juicio no pudo demostrar razones de peso para poder mantener a la trabajadora de manera constante en la oficina trabajando. Igualmente, de manera previa, esta trabajadora ya estuvo trabajando durante la pandemia en forma telemática hasta el 30 de agosto de 2021. Entonces, se entendió que si durante esta época no se produjeron problemas de productividad por teletrabajar al final, ahora tampoco existiría razones objetivas.

Esta sentencia va a marcar un antes y un después para muchas familias que tienen hijos menores de doce años. Es una realidad que puede ser un problema realizar una conciliación con un trabajo clásico y siempre presencial. Ahora se abre la puerta a que muchas familias puedan solicitar a sus correspondientes empresas el teletrabajo con la seguridad de ser aceptado gracias a esta nueva sentencia.

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