Una exconcejal de Pamplona, condenada a publicar la sentencia de un juicio en su cuenta de Twitter

En multitud de ocasiones hemos leído casos de juicios y sentencias relacionadas con peleas en las redes sociales, difamación o publicación de información privada. Con el auge en el uso de estas plataformas, cada vez se dan más casos. Lo habitual es que las sanciones que acarrean estos procedimientos sean de caracter económico y que, como mucho, se obligue a borrar el material en cuestión, pero un juez acaba de dictar una sentencia tan lógica como original.

Concretamente, hablamos del caso de una exconcejal de Pamplona, que fue demandada por publicar en su cuenta de Twitter valoraciones sobre una compañera de trabajo que ésta interpretó como una ofensa al honor. El titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pamplona acaba de dictar sentencia y, entre otras cosas, la acusada tendrá que publicar un tweet en su cuenta haciendo pública la sentencia con el siguiente texto: "Publico este tuit en cumplimiento de la sentencia de 11.10.12 del juzgado de 1ª instancia 5 de Pamplona, que declara que los tuits que remití el 18.03.11 vulneran el honor de DOÑA UXUE BARKOS".

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Hasta ahora, yo no había leído una sentencia similar, y mucho menos dentro de nuestras fronteras. Personalmente, y sin entrar a valorar el resto del caso en concreto, si un juez estima que ha habido delito de atentado al honor en una red social, parece lógico que la sentencia asociada también involucre de alguna manera el lugar en el que se ha producido el delito. A fin de cuentas, de esta forma las mismas personas que leyeron los tweets inapropiados al principio, también leerán las consecuencias de los mismos. ¿Y a vosotros? ¿Qué os parece?

Vía | Poder Judicial En Genbeta Social Media | ¿Pueden jueces y abogados ser amigos en Facebook? En Florida parece que no

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