¿Cómo funcionará la "tasa Google" que el Gobierno ha introducido en la reforma de la LPI?

¿Cómo funcionará la "tasa Google" que el Gobierno ha introducido en la reforma de la LPI?
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Con el proyecto de Ley de Propiedad Intelectual nos esperábamos la llegada de sanciones más duras para las páginas de enlaces pero el Gobierno también ha incluido, por sorpresa, otra cláusula de la que hasta entonces no habían hecho mención. Sí, hablamos de la que se suele conocer informalmente como "tasa Google".

En esencia, se utiliza el nombre "tasa Google" para referirse a una compensación que los agregadores de enlaces (por ejemplo, Google News, pero realmente esto es una categoría muy amplia en la que también se incluirían otros sitios como Menéame) tendrían que pagar a los autores de los contenidos que enlazan. Sí, sólo por enlazar. Pero ¿cómo funcionará esto y qué implicaciones podría tener?

Antes de entrar en el análisis, un detalle: todavía no tenemos el texto oficial de la reforma de Ley de Propiedad Intelectual aprobada y a la que el Gobierno se refirió ayer en rueda de prensa. Esto es algo que ha sido criticado por periodistas y abogados durante todo el día de ayer. Sin embargo, diarios como El Mundo o El País han conseguido una copia "filtrada". A partir de esta copia podemos sacar conclusiones, aunque merece la pena recordar también que se trata de un Proyecto de Ley que todavía tiene que ser discutido en el Congreso, por lo que puede sufrir cambios.

Pagar por enlazar

Uno de los cambios contemplados por la reforma es el siguiente:

La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de derechos a percibir una compensación equitativa. Este derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual. En cualquier caso, la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía divulgada en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica estará sujeta a autorización.

Es decir, que sitios web como Google News, Menéame u otros agregadores podrán enlazar sin necesidad de autorización a fuentes de contenido protegido. Pero, al hacerlo, los responsables de los mismos podrán requerir, a través de las entidades de gestión, una compensación por los derechos de propiedad intelectual. Resumiéndolo mucho, vienen a decir que enlacen lo que quieran pero que se preparen después para pasar por caja.

Entonces, ¿qué ocurre con los buscadores? Estos también enlazan a contenidos "sin autorización". ¿Pueden exigirles a ellos también una cuota? No exactamente, ya que posteriormente se contempla lo siguiente:

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios que faciliten instrumentos de búsqueda de palabras aisladas incluidas en los contenidos referidos en el párrafo anterior no estará sujeta a autorización ni compensación equitativa siempre que tal puesta a disposición del público se produzca sin finalidad comercial propia y se realice estrictamente circunscrita a lo imprescindible para ofrecer resultados de búsqueda en respuesta a consultas previamente formuladas por un usuario al buscador y siempre que la puesta a disposición del público incluya un enlace a la página de origen de los contenidos.

Es decir, se deja fuera a los buscadores (ya que facilitan la "búsqueda de palabras aisladas") siempre que no se produzca "finalidad comercial propia". Esto puede dar lugar a equívocos. A fin de cuentas, ¿no tiene finalidad comercial propia el buscador de Google, por ejemplo? Pues sí, dado que muestra publicidad.

¿Y cuánto tendrán que pagar? Este es otro de los aspectos que no está demasiado claro y que de hecho el Ministerio de Cultura tuvo que aclarar ayer por la tarde en una reunión informativa. Según estas aclaraciones las entidades de gestión (CEDRO para textos y VEGAP para imágenes) tendrán ocho meses desde la entrada en vigor de la Ley para ponerse de acuerdo sobre cuánto se pagará y cómo se hará. Si no, la Sección Primera de la Comisión de la Propiedad Intelectual será la que fuerce sus propios términos.

Los editores de contenido no podrán renunciar a este derecho ni dar permisos especiales a los agregadores, las entidades de gestión cobrarán sí o sí

Ojo también a otra de las especificaciones que mencionan en el primer párrafo que mencionábamos: "Este derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual". Es decir, parece que las páginas no podrán renunciar a esta compensación. Además, la entidad de gestión se encargará de recaudar el dinero y gestionarlo. Como bien dice @julioalonso: "Tienes derecho a cobrar, no puedes renunciar a ello, pero ya te lo administro yo...". Vamos, que un medio no podrá autorizar a ciertos sitios web a enlazar sin esta compensación económica y que la entidad de gestión tendrá todo el poder.

Curiosamente, el pasado jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenciaba lo contrario: si se enlaza a un contenido que está gratuita y abiertamente publicado en la red, no es necesaria compensación (ni autorización) de ningún tipo. Desde el Gobierno piensan que esto no es lo mismo que se recoge en la reforma de la LPI, al considerar que la UE se refiere a "enlaces" tal cual y que la LPI habla de "fragmentos no significativos" (es decir, que se incluye más información, como unas líneas de texto del artículo o una fotografía). ¿Convencerá eso a la UE?

¿A quién afecta esta medida?

Además de los agregadores de contenidos...¿Qué ocurre con los blogs? ¿Y las redes sociales? La reforma no es precisa ni concreta.

También en la reunión aclaratoria de ayer por la tarde se explicó que no se cobraría simplemente por "enlazar", sino por hacerlo utilizando "fragmentos no significativos". ¿Qué se considera como "fragmento no significativo"? Esa es otra de las grandes preguntas. En los medios se habla mucho sobre Google News y Menéame pero.. ¿Y si alguien tiene un blog y hace recopilación periódica de enlaces? Nosotros mismos lo hacemos todos los sábados con nuestra sección Internet is a series of blogs... ¿Y a Facebook, donde aparecen las descripciones de los enlaces? ¿Y en Twitter? ¿Y en los lectores de feeds? ¿Y...?

Desde Genbeta hemos querido profundizar más en este aspecto y hemos consultado a David Maeztu, abogado y experto en nuevas tecnologías. David nos aclara que "tal y como está planteado se dirige a los prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos. Pero este concepto no se define y aunque pensemos en Google News o Meneame, pueden caber más sitios como blogs que recopilan enlaces a artículos interesantes con periodicidad, por ejemplo...".

¿De verdad Google va a pagar a los periódicos online?

Portada de hoy de ABC

Ayer eran muchos los medios online que celebraban la llegada de la "tasa Google" (y hoy muchos también hacen referencia a esta compensación en sus portadas). En El Mundo recogen la reacción de diversos colectivos relacionados con el mundo editorial. Entre ellos, la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), que considera que éste "es un paso importantísimo del Gobierno en la buena dirección". Pero... ¿de verdad va a pagar Google a los periódicos por indexar su contenido? Es más, ¿de verdad les conviene a los periódicos esta ley?

En Bélgica, los responsables de diarios digitales llevaban tiempo luchando por la implantación de la "tasa Google". De hecho, llegaron a denunciar al gigante buscador al considerar que éste infringía, en Google News, sus derechos de autor. En la demanda se exigía que Google retirara cualquier enlace a sus publicaciones. Y así lo hizo Google. Un año después, los periódicos belgas llegaban a un acuerdo con Google por el cual volvían los enlaces a Google News.

¿Lo más fácil para Google? Dejar de enlazar. ¿Quién saldrá perdiendo entonces?

Si bien desde Google no se han pronunciado oficialmente todavía sobre esta reforma, no parece descabellado que ésa pueda ser su reacción. ¿Qué tengo que pagar por enlazar? Pues no enlazo. Esto puede ser notablemente dañino para los periódicos, ya que perderán tráfico y todo ello por no querer que el gigante buscador recoja unas líneas de sus noticias y enlace al resto. Además, ¿para qué tanto jaleo si Google permite que cualquiera desindexe los contenidos de su web en Google News?

Ricardo Galli, fundador de Menéame (el agregador más conocido en España), explicaba en Twitter que su página tomaría sus propias medidas: "A falta de leer el texto definitivo, si es así lo que haremos es bloquear a todos los medios españoles que pretendan cobrar algo. Por una sencilla razón: supervivencia, y porque es una pretensión tan injusta como alejada de la realidad."

La "tasa Google" no solucionará la crisis de los periódicos

Si finalmente la "tasa Google" ve la luz tal y como se expone en la reforma de la Ley de la Propiedad Intelectual que propone el Gobierno (que, repetimos, todavía tiene que ser aprobada en el Congreso), los periódicos pueden ser los grandes perjudicados. Sin embargo, y a la vista de los titulares y portadas, ellos lo consideran una victoria. Veremos a ver a quién el tiempo le da la razón.

Enlace | "Reforma LPI filtrada por El Mundo":http://estaticos.elmundo.es/documentos/2014/02/14/anteproyecto.pdf (El País la tiene en formado *doc) En Genbeta | "Luz verde al proyecto de Ley de Propiedad Intelectual: se endurecen las sanciones y llega la tasa Google":https://www.genbeta.com/actualidad/luz-verde-al-proyecto-de-ley-de-propiedad-intelectual-se-endurecen-las-sanciones

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