Condenan a ReSet, el youtuber que dio pasta de dientes a un mendigo, a cinco años sin poder usar YouTube, 15 meses de cárcel y 20.000€

Condenan a ReSet, el youtuber que dio pasta de dientes a un mendigo, a cinco años sin poder usar YouTube, 15 meses de cárcel y 20.000€
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Hace más de dos años, ReSet, un youtuber español de origen chino saltó (más) a la fama por humillar a un mendigo entregándole 20€ y un paquete de galletas Oreo rellenas de pasta de dientes. El caso se viralizó con muchas reacciones negativas, lo que hizo a ReSet volver a buscar al vagabundo para entregarle más dinero. Eliminó el vídeo, pero el daño estaba hecho, y el asunto volvía a demostrar todo lo que estaba mal con los youtubers.

Ahora, según conocemos por El País, que ha tenido acceso a la sentencia del juicio abierto tras una investigación impulsada contra Kenghua R, la persona detrás del personaje, una jueza ha dictaminado que el "creador de contenidos" no podrá "acudir" a YouTube durante cinco años, es decir, que no podrá seguir haciendo lo que le daba de comer, subir vídeos.

En este sentido, Carlos Sánchez Almeida, abogado de Bufet Almeida, explica en Twitter que la "prohibición de acudir" le despierta interés, porque en el Código Penal el término "se refiere a lugares físicos", es decir, nada de sitios web. También menciona que la prohibición de acudir (en el supuesto de subir vídeos bajo un seudónimo) es "imposible de controlar sin vulnerar la intimidad del reo".

Por si no era poco, también le han condenado a 15 meses de cárcel y a indemnizar a la víctima con 20.000 euros en concepto de daños morales. El fiscal pedía 30.000 euros y dos años de cárcel.

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Granbomba

ReSet se salva de entrar en prisión porque no tiene antecedentes y la sentencia no sobrepasa los 24 meses que por ley le obligaría a verse privado de la libertad. Eso no hace, sin embargo, menos grave este delito contra la integridad moral, que marcará un poderoso precedente para los youtubers que han basado sus canales en "bromas pesadas" y que en casos como este pueden poner en riesgo la salud de los demás. En ese sentido, la jueza, titular del juzgado penal número nueve de Barcelona, considera que el vídeo supone "un acto claro e inequívoco de contenido vejatorio".

Recientemente, ReSet argumentó en sede judicial que realizó la acción "en plan broma" como parte de los retos del canal. También acusó al fiscal de no tener sentido del humor, a lo que sumó que "su intención no era ofender" y que "iban muy a tope con la ley".

Otro caso menos lesivo, y que acabó en absolución fue el de Mr Granbomba por llamar "caranchoa" a un repartidor mientras se encontraba trabajando. Lo más curioso de este caso es que Ricardo Osorio, el repartidor, tuvo que ser quien pagara una multa por delito leve de lesiones, producidas por una bofetada tras recibir el calificativo. La Audiencia Provincial de Alicante justificó que no hubiera pena con que la palabra "caranchoa" no figura en la RAE.

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