Esta teleoperadora se llamó a sí misma unas 100 veces para descansar en el trabajo. Ha acabado despedida (y la Justicia lo avala)

El Tribunal Superior de Galicia aprueba el despido disciplinario tras concluir en que la trabajadora "eludía el tiempo de prestación de su servicio"

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Una teleoperadora en Vigo ha sido despedida por haberse llamado a sí misma hasta unas 100 veces para tomar pausas en el trabajo. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha validado este despido disciplinario, tal y como ha publicado el medio La Voz de Galicia.

Al llamarse a sí misma a su propio teléfono, la trabajadora descansaba más tiempo y así no tenía que atender otras llamadas de clientes. La empleada trabajaba en remoto y realizaba esta práctica con permiso de su supervisor, quien creía que lo hacía con tal de realizar alguna otra gestión con los clientes.

Rellamadas para descansar, una práctica que no ha gustado al Tribunal Superior

Según ha comunicado el medio, durante siete meses en 2022, la teleoperadora realizó esta práctica hasta que el propio coordinador del servicio comenzó a sospechar acerca de “un anómalo número de rellamadas”.

El supervisor del servicio puso su voto de confianza en ella debido a que “estaba aupada en el ranking de los mejores trabajadores”, además de cobrar incentivos en la empresa desde 2021. La empleada tenía contratos eventuales y atendía a campañas de fidelización o promoción como tarjetas bancarias y similares.

El despido fue validado por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), avalado por un juzgado de Vigo en 2023. La trabajadora recurrió alegando que las llamadas únicamente duraban unos pocos segundos y que comenzó a hacer más llamadas justo en la fecha en la que “sufrió una crisis”.

Según afirma en su defensa, la empleada insiste en que las llamadas se producían únicamente en “periodos de descanso”. La cuenta, según la trabajadora, asciende a unas cinco o siete llamadas al mes de “escasos minutos de duración”.

El Tribunal Superior de Xustiza, sin embargo, ve que su intención era la de “eludir el tiempo de prestación de servicio cuando no se encontraba disfrutando de tiempos de descanso”, por lo que concluye en validar el despido disciplinario que la empresa le impuso a la trabajadora. En este despido se destacan las siguientes causas: “transgredir la buena fe contractual, abuso de confianza, deslealtad y disminución del rendimiento”.

Imagen de portada | Arlington Research

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