Renta 2022: desde cuándo se puede descargar el borrador para declararlo a Hacienda

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El mes de abril está marcado por la cita que tenemos todos los contribuyentes con la Agencia Tributaria y el pago del IRPF para el año 2022, o incluso la posible devolución que se puede producir. La campaña de la Renta puede crear una gran incertidumbre por los plazos que hay establecidos y los muchos errores que se pueden cometer a la hora de introducir un número que puede acabar con multas para nada económicas.

Una de las fechas más importantes de esta campaña es el acceso del borrador de la Renta. Antiguamente este documento llegaba a casa a través de una carta para poder firmarlo y devolverlo si estaba de acuerdo con los números que se reflejaban en cada casilla y que había calculado la propia Hacienda. Pero ahora este proceso se ha mudado completamente al mundo digital, teniendo que acceder desde la propia web de la Agencia Tributaria.

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La Renta 2022 arranca con la descarga del borrador

El pistoletazo de salida para poder cumplir con esta obligación fiscal radica en la fecha donde se va a poder obtener el borrador de la declaración. Para poder consultar el día exacto, nos debemos ir a la orden ministerial del 28 de marzo de 2023 donde se especifica que desde el 11 de abril de 2023 se va a poder obtener el borrador y los datos fiscales para la declaración de la Renta 2022.

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Para poder acceder a el, será necesario contar con algún sistema de identificación. Los más comunes, y también más seguros, es el uso del sistema Cl@ve o el certificado digital. Pero si no dispones de estos, vas a poder obtener la referencia a través de la casilla 505 de la Renta 2021 o con una simple videollamada. Este trámite se puede hacer desde ya para contar con el número de referencia para este primer día de la campaña para ahorrar tiempo y evitar el previsible colapso de la web.

Es posible que alguna persona esté pensando que el hecho de no acceder a este borrador e ignorarlo, hace que Hacienda no le vaya a llamar a su puerta si está obligado a hacer la Renta. Y es que según esta misma orden ministerial se detalla que "en cualquier caso, la falta de obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales no exonerará al contribuyente de su obligación de declarar en el plazo, lugar y forma establecidos en la presente orden."

En esta campaña son muchas las novedades que nos vamos a encontrar como contribuyentes, siendo una de las más sonadas las relacionadas con criptomonedas y la forma de declararlas que ahora es mucho más complejo y largo. Pero también se va a encontrar un aumento en la reducción en el rendimiento neto de módulo del 5 al 15%, que notarán los autónomos. Esto se suma a los sonados tramos del IRPF que variará el porcentaje que se aplicará dependiendo de la base liquidable que se obtenga quedando de la siguiente manera a nivel estatal:

  1. Primer tramo hasta 12.450 euros en el que se paga un 19%.
  2. Segundo tramo hasta 20.200 euros con tipo del 24%
  3. Tercer tramo hasta 35.200 euros con un 30%.
  4. Cuarto tramo hasta 60.000 euros con un 37%
  5. Quinto tramo hasta 300.000 euros con un 45%
  6. Sexto tramo a partir de 300.000 euros de 47%.

En definitiva, ya está todo listo para enfrentarnos a uno de los trámites más importantes que nos puede dar una alegría si sale a devolver o un gran malestar si sale a pagar.

Fotos | aymane jdidi

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