Esta semana, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado un proyecto de ley con el que tratar de legislar sobre el derecho a la igualdad de trato y la protección contra los discursos del odio. La ley que quiere impulsar la Comunidad aspira a implantarse a nivel general en instituciones y servicios públicos, pero también en redes sociales, con sanciones de entre 3.000 y 45.000 euros dependiendo de la gravedad de la vulneración.
Ante este proyecto, muchos abogados y defensores de la libertad de expresión se han echado las manos a la cabeza, ya que la competencia de decidir sobre la libertad de expresión debería recaer sobre los jueces y no sobre ninguna administración. Es por eso que hemos navegado en el proyecto y hemos consultado a especialistas para ver qué es lo que dice exactamente esta ley y cuales pueden ser sus implicaciones no sólo para los madrileños, sino para el resto de ciudadanos.
Este año se ha hablado mucho de la necesidad de que las redes sociales controlen y eliminen los discursos del odio. Las instituciones europeas han abordado el problema metiendo presión a las empresas responsables de las redes sociales donde se publican las ofensas, pidiéndoles que agilicen los procesos de revisión y eliminación del contenido una vez ha sido denunciado. Han llegado incluso a amenazarlas con legislar en su contra si no lo hacían.
La Comunidad de Madrid sin embargo parece querer ir por por su cuenta y saltándose los procesos judiciales, pasando además de poner el foco sobre las redes sociales a ponerlo sobre quienes escriben de ella. Muchos tildan esta propuesta como electoralista, ya que al fin y al cabo ninguna comunidad autónoma tiene competencias para hacer lo que se pretende con ella.
¿Qué es lo que dice la ley sobre internet?
Hemos tenido acceso al texto completo del Proyecto de Ley. Son varias páginas con algunas ideas muy buenas en cuanto a combatir los discursos de odio en las instituciones, pero que no deja las cosas del todo claras a la hora de llevarlo todo al terreno de las nuevas tecnologías. Por eso, vamos a repasar cuales son las menciones a internet dentro de la propuesta.
¿Qué actitudes están prohibidas?: "Se considera vulneración del mismo (derecho a la igualdad de trato) la discriminación, directa o indirecta, por asociación o múltiple, el acoso, la inducción, la orden o instrucción de discriminar, las represalias u otros actos de intolerancia". Como vemos, son todo generalidades, y en cualquier caso los discursos del odio ya están regulados por el artículo 510 del Código Penal.
¿Dónde se aplicará?: "La ley es de aplicación, dentro del ámbito de las competencias de la Comunidad de Madrid a las personas físicas y jurídicas, ya sean públicas o privadas, que se encuentren o actúen en su territorio, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia, en los términos y con el alcance que se contemplan en la ley, salvo lo que se disponga en la normativa en materia de extranjería o en los tratados internacionales y en las demás que resulte de aplicación". Esto significa que sólo podrán sancionarse las ofensas que se produzcan en la región, ¿pero cómo saber cuándo un tuit se envía desde Madrid?
¿En qué ámbitos se aplicará?: Según recoge el punto 2 del Artículo 3 del proyecto de Ley, esta se aplicará en los siguientes ámbitos: Educación, Sanidad, Servicios sociales, Empleo, Acceso a bienes y servicios, Actividades culturales y deportivas, Acceso a espacios públicos, Participación en organizaciones de interés social o económico, y Medios de comunicación, internet, redes sociales y publicidad.
¿Qué se espera de las redes sociales?: "Los medios de comunicación, internet y las redes sociales respetarán el derecho a la igualdad de trato, evitando toda forma de discriminación, actos de intolerancia o acciones que puedan incitar al odio en el tratamiento de la información y en sus contenidos." El punto 1 del artículo 21 referente a medios de comunicación, internet, redes sociales y publicidad es bastante vago no especifica nada más allá del que deben las redes evitar los mensajes de odio, algo que ya se está pidiendo a nivel europeo.
¿Cual será la actuación administrativa?: "Cuando la Comunidad de Madrid, dentro del ámbito de sus competencias, tenga conocimiento de un supuesto de discriminación [...] debería incoar el correspondiente procedimiento sancionador", dice, el borrador aunque añade que "en caso de no serlo, comunicar estos hechos de forma inmediata a la Administración competente, de acuerdo con lo establecido en las leyes". Teniendo en cuenta que lo que se dice en las redes no es competencia de la comunidad, no vemos cómo se podrá aplicar.
¿Qué pasa con las víctimas?: El artículo 26 de la propuesta de Ley contempla la creación de un "Observatorio para la igualdad de trato y la protección de la dignidad de la persona, contra las acciones que inciten al odio, la discriminación y la intolerancia". También se habla de la creación de un protocolo de atención a las víctimas de odio e intolerancia, el cual recogería desde el asesoramiento a las víctimas hasta la asistencia sanitaria.
¿Y las víctimas de redes sociales?: "En la atención a las víctimas se dará un tratamiento específico cuando las agresiones o acciones que inciten al odio se hayan realizado utilizando las nuevas tecnologías o a través de las redes sociales." Esto es lo único que recoge el Artículo 32 del Título III que habla sobre el apoyo a las víctimas en nuevas tecnologías. Vamos, que se le dará un tratamiento dependiendo de las agresiones, pero claro, sin indemnizaciones porque estas sólo pueden darse por la vía penal.
¿Qué tipo de infracciones y multas hay?: En un complejo lenguaje, la ley viene a decir que habrá sanciones leves con multas de hasta 3.000 euros cuando haya insultos a través de las redes sociales, y graves o muy graves con sanciones de entre 3.001 y 20.000, y desde 20.001 hasta 45.000 euros dependiendo del grado de los daños causados, la permanencia de las repercusiones, el número de personas afectadas, la intencionalidad del infractor y la reincidencia.
¿Cuales son los siguientes pasos para el proyecto? Para que el proyecto de Ley se haga efectivo, el próximo paso será el de ser aprobado por la Asamblea de Madrid. El trámite promete ser bastante complicado, ya que existe lo que se podría considerar un empate de fuerzas entre diputados y del Partido Popular y Ciudadanos y del PSOE y Podemos.
La libertad de expresión sólo puede regularse por leyes estatales
Para tener un punto de vista de hasta qué punto es viable o no este proyecto de ley, de hasta qué punto vulnera o no la libertad de expresión, hemos buscado a alguien con conocimientos de causa. Hablamos para ello con Verónica del Carpio, abogada especializada en Derecho Civil, jurista de treinta años de experiencia y Profesora Asociada en la UNED.
Para Verónica el intentar regular las redes sociales es vulnerar la libertad de expresión, y esto es un problema porque nos asegura que esta no puede ser controlada desde el punto de vista administrativo, sino desde uno judicial. "La libertad de expresión y los derechos fundamentales sólo pueden ser regulados por leyes estatales, y por ley orgánica, con las mayorías reforzadas que establece la institución", nos explica. "No puede ser jamás competencia autonómica, en ningún caso".
Nos pone como ejemplo la denominada Ley Mordaza, que fue adoptada por las cortes generales con mayoría absoluta. Mientras, en este caso es una Comunidad Autónoma la que de repente considera realizar "una flagrante vulneración de los principios básicos de reparto de competencias" para decidir que no sólo puede legislar, sino también sancionar, cuando el artículo 149 de la constitución dice que esto es competencia estatal.
Lo más triste del tema, según nos explica, es que se está utilizando el pretexto de las víctimas para "dejar en manos de una administración el criterio sobre qué es la libertad de expresión, cuales son los límites y decidir a efectos de sanción". Esto no beneficia a las víctimas, ya que sólo pueden conseguir indemnizaciones por vía judicial, y "ninguna administración pública en ningún caso puede conseguir que el infractor tenga que pagar indemnizaciones de cualquier tipo".
"Desde el punto de vista técnico esta ley es extraordinariamente defectuosa hasta el punto que sólo puede cumplirse vulnerando la propia legalidad"
"Desde el punto de vista técnico esta ley es extraordinariamente defectuosa hasta el punto en que sólo puede ser cumplida con la vulneración de la propia legalidad", nos sigue diciendo Verónica. Después de todo, ¿cómo podemos saber en Twitter quién está detrás de una cuenta y desde dónde escribe? "Sólo o poniendo a la Policía a disposición de la administración pública, que es flagrantemente ilegal, o utilizando la vulneración de las normas constitucionales de control de la privacidad".
Vamos, que tal y como explica, incluso para algo tan básico como saber si un tuit es competencia de una Comunidad Autónoma, primero habría que saber desde dónde escribe alguien. Y eso, tal y como nos dice nuestra abogada, "sólo se puede saber después de iniciar un expediente y averiguar de forma ilegal o por procedimientos que no sabemos cuales son si el responsable o la víctima son de la Comunidad de Madrid".
El proyecto de ley además dice que será para aquellas cosas que no están en el Código Penal, y ahí tenemos otro problema, porque como hemos visto antes los discursos del odio y las discriminaciones sí lo están. ¿Entonces de qué estamos hablando? Estas ambigüedades crean inseguridad jurídica, "ya que no se especifica qué es un delito de odio, o sea que queda en manos de la administración interpretarlo, y ni siquiera se dice cual es el organismo que debería instruir y resolverlo".
Por lo tanto y como conclusión podemos decir que la Comunidad de Madrid no sólo no tiene competencias para hacer lo que pretende, sino que crea una inseguridad jurídica que nos afecta a todos. ¿Y por qué? Pues porque como hemos dicho primero habría que saber desde dónde tuitea alguien, y para saber si yo soy de Madrid primero tendrán que vulnerar mi derecho a la privacidad. "Esto crea una inseguridad jurídica que afecta a todos en cualquier Comunidad".
Por lo tanto, habrá que esperar a ver si la Comunidad de Madrid saca adelante definitivamente esta ley o no. En cualquier casi, si buscas informarte un poco más sobre ella aquí tienes el texto íntegro del borrador para que le eches una ojeada.
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