Hablamos con Jesús Encinar, Ricardo Galli, Julio Alonso, David Maeztu, Juan Goméz-Jurado y Enrique Dans sobre la Ley Sinde

Hablamos con Jesús Encinar, Ricardo Galli, Julio Alonso, David Maeztu, Juan Goméz-Jurado y Enrique Dans sobre la Ley Sinde
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Ayer al mediodía el Gobierno español aprobaba la Ley Sinde. Enseguida nos pusimos en contacto con algunas personas relacionadas con el tema para preguntarles su opinión: informáticos, abogados, emprendedores, medios y creadores.

Hemos hablado de temas técnicos, de cómo se podrían cerrar las webs o cortarles el acceso. También de los problemas legales de la ley, y de los problemas que puede generar a las nuevas empresas. Discutimos la influencia de las descargas y de la ley en los creadores, y, cómo no, les hemos pedido algunas propuestas alternativas a la Ley Sinde. Vamos con todo ello después del salto.


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La efectividad de la Ley Sinde

BitTorrent

Lo primero que hemos preguntado ha sido hasta qué punto puede llegar a ser efectiva la ley. La mayoría coinciden en lo mismo: efecto nulo, si se cierra una web se abre otra. Jesús Encinar, fundador de Idealista y 11870, lo resume muy bien:

Podrán seguir su negocio o su actividad simplemente con instalar sus servidores fuera de España. Lo que viviremos en España será entonces una internet “capada”, habrá webs que se puedan ver desde España y webs que no. Nos pone al nivel de países como Cuba, Irán, Arabia Saudi o China a nivel de censurar la internet que pueden ver sus ciudadanos, decisiones que se tomarán desde un comité del gobierno. Es un ataque a nuestras libertades civiles con la excusa de la protección de la propiedad intelectual.

Ricardo Galli, creador de Menéame, se hace unas preguntas muy interesantes en el sentido de la efectividad “económica” de la ley: “¿Cuánto facturan los 200 sitios contra los que decían que querían ir? ¿Cuánta es la estimación de incremento de ventas si esos sitios finalmente cierran? ¿Y cuánto dinero se gastó en todo este proceso?”

También hemos preguntado si puede llegar a ser beneficiosa para los autores. Según Juan Gómez-Jurado, periodista y escritor, sólo perjudica a la imagen de los creadores: muchos de ellos están totalmente opuestos a la persecución del usuario. Además, da un dato importante sobre la influencia de las descargas en las ventas:

La falacia de que un archivo descargado es una compra perdida no es real. De hecho es al contrario, la difusión ayuda a la expansión comercial. El último libro de Ruiz Zafón estaba pirata una semana antes y a pesar de ello lidera todas las listas de ventas (en papel).

Enrique Dans matiza esta influencia positiva: tiene que haber un mercado donde obtener la obra de forma fácil y en variedad de formatos. Sin embargo, en España esto no ocurre. Según él, la razón es que “el mercado de alternativas regulares es ridículo y los usuarios no quieren financiar a una industria que les insulta y les desprecia”.

Los perjuicios de la Ley Sinde: nuevas empresas, libertad de expresión y redes sociales y blogs

De momento, hemos visto que la Ley Sinde no es muy beneficiosa. Pero no sólo eso: también puede resultar perjudicial para las nuevas empresas. Según Julio Alonso, Director de Weblogs SL, la Ley Sinde genera inseguridad jurídica: no hay sanciones estipuladas ni un juez que decida, por lo que es más difícil que las nuevas empresas consigan financiación.

En la misma línea, Encinar se pregunta si realmente España puede atraer talento con leyes como esta:

En España existirá una ley que puede cerrar tu web en 4 días. En otras legislaciones no. Puestos a elegir, ¿qué marco regulatorio es más seguro para tu startup?

También discutimos sobre si la Ley Sinde puede ser una amenaza a la libertad de expresión. Por un lado está la autocensura: los usuarios dejarán de publicar ciertas cosas por miedo a acciones de la Comisión del Ministerio, como explica Encinar en su blog.

Por otra parte, el uso de logos y marcas en un blog podría servir de excusa para censurar contenidos “incómodos”. Por ejemplo, este artículo de Galli podría ser borrado simplemente por tener al final un enlace al PDF del libro del que habla. Tal y como explica Julio Alonso:

Si escribes criticando a una compañía o un producto suyo y usas su logo, una foto de su producto o incluso su nombre, te demandan por infracción de copyright para que lo quites. Según la última versión del reglamento que vimos, a la segunda vez ni siquiera te vale con retirar el contenido para salvarte del cierre. Y ya no es sólo por algo que pongas en tu web, basta con que lo enlaces.

Así mismo, la Ley Sinde puede afectar gravemente a sitios con comunidad, como redes sociales, foros y blogs. Ricardo Galli lo explica muy bien:

Te doy un caso concreto, muy cercano y aplicable a cientos de sitios y foros. Los usuarios de Menéame a veces ponen enlaces a sitios de descarga directa, o índices bittorrent. Nos pueden denunciar a la comisión, ésta nos envía la orden para eliminar los enlaces, ¿qué hacemos? [...]

Si los borramos, tendremos a cientos de usuarios poniendo los mismos enlaces. Si los borramos sistemáticamente, rebelión y abandono. Los usuarios de “foros públicos” de terceros esperan, y exigen, un compromiso de los administradores. Si no se cumplen, se marcharán. Si Menéame hiciese caso a la Comisión, sería casi una sentencia de muerte.

La otra opción es que nos neguemos, y entonces pase al juez… ¿qué pasará? Nadie lo sabe. Nadie. [...]

Esto tiene costes económicos y de oportunidad importantes. Además, se dan ventajas a empresas extranjeras y con recursos (fundamentalmente Facebook, Twitter y Google) para evitar los efectos de la ley Sinde.

Según Julio Alonso, el principal problema es que, al no haber juez, las amenazas tendrán más fuerza y muchos las usarán como mecanismo de intimidación sin que sea necesaria siquiera la denuncia para que se retiren contenidos.

Los problemas legales y la parte técnica

Maza.

Hemos consultado al abogado David Maeztu sobre la parte legal de la Ley Sinde. Su opinión es muy clara:

El principal problema de la Ley Sinde es que no sirve a los fines declarados, ir contra las webs de enlaces, por lo que admite usos perversos que afectan a otros derechos como la libertad de expresión.

Y por supuesto que nace con el objetivo de puentear las resoluciones judiciales que no han sido como la industria quería, no tanto por insuficiencia legal como por mala praxis por su parte, como han señalado varias sentencias.

También hemos querido saber los mecanismos legales que quedan para poder parar la Ley Sinde. La única vía restante son los tribunales: impugnar los fundamentos de la ley y demostrar que no sirve.

Ricardo Galli nos ha hablado de la parte técnica de la Ley Sinde, de cómo va a funcionar el bloqueo. Para servidores alojados en España, los ISP cortarán el acceso, a lo bruto. A los proveedores de hosting no les gustará: muchas webs se mudarán a otros países (como ya hizo Weblogs SL en su día) y los ISPs nacionales podrían perder bastantes clientes.

Si por el contrario el servidor es extranjero, lo que se hará será un bloqueo por DNS o IP. La solución en el primer caso es sencilla: usar otros DNS como los de Google o OpenDNS. El segundo es más complicado, e incluso podría provocar problemas a otras páginas que compartan la misma IP que la denunciada.

Galli también explica un posible método para saltarse ya no el bloqueo, sino la vigilancia de la Ley Sinde: podrían aparecer programas que, mediante distintos protocolos, permitan al usuario conseguir páginas web cifradas. De esta forma se puede seguir accediendo a los enlaces sin que nadie más (ni la comisión ni los propietarios de los derechos) puedan saber que están ahí.

Las propuestas alternativas a la Ley Sinde

Kindle

Amazon y su Kindle es una buena muestra de que hay otro modelo mejor para industria y usuarios.

Para acabar, les hemos pedido a todas las personas con las que hemos hablado una propuesta alternativa a la Ley Sinde para evitar las (mal) llamadas descargas ilegales. Todos coinciden en una base similar: un mercado accesible a los usuarios tanto en la facilidad de uso como en los precios, eso sí, recordando lo que dice David Maeztu: “es imposible que alguien disfrute de un contenido sin pagar y los medios empleados para evitarlo suelen afectar más al usuario legítimo”.

Enrique Dans propone la reconciliación de la industria con los usuarios y sugiere considerar soluciones como la de los artistas canadienses: regularización total de todos los sitios de descargas y una tarifa recolectada por las operadoras que es repartida entre los artistas mediante un sistema de muestreo.

Juan Gómez-Jurado nos propone los cinco puntos que ya escribió en un artículo de ALT1040 hace unos meses: estudio de nuevos modelos, respeto al trabajo de los creadores y a los usuarios y un debate sano para decidir que es lo más apropiado.

Ya han aparecido empresas que se han demostrado exitosas siguiendo estas premisas: canales como iTunes o Amazon para la distribución de música, y Netflix o incluso la nacional Youzee para la de vídeo. Propuestas fáciles de usar, económicas y que tratan bien al usuario. La cuestión es que no toda la industria se adapta, o no se adapta completamente.

Iniciativas como las de 1 Libro, 1 Euro, demuestran que la gente quiere pagar si se lo ponen fácil.

Iniciativas como las de 1 Libro, 1 Euro, demuestran que la gente quiere pagar si se lo ponen fácil.

Desde mi punto de vista estamos ante una situación difícil. Por un lado tenemos una Ley totalmente inútil, con capacidad de censurar ciertos contenidos, y rechazada por una parte muy importante de los ciudadanos. Por otro, una industria obsoleta que no ha querido adaptarse a Internet.

Por último, tenemos una gran masa de usuarios que han perdido la simpatía por la industria y que como consecuencia no tiene tantas ganas de pagar por contenidos. La solución no es fácil, pero pasa por que todos cedamos en la medida que nos corresponde.

Los gobiernos deben promover un marco legislativo adecuado, que proteja la propiedad intelectual y a los verdaderos creadores (en vez de proteger sólo a la industria de contenidos) sin castigar a los usuarios. La industria y creadores, entender y aprovechar Internet sin ponerse como enemigos a los usuarios, sino como clientes a los que cuidar y a los que ofrecer una vía fácil y sencilla de acceder a los contenidos. Y por último, los usuarios debemos entender que si algo nos gusta, no hay razón para no recompensar al autor de esa obra (siempre y cuando haya vías simples para hacerlo, claro está).

Hasta aquí este artículo. Sólo me queda dar las gracias a todos los que han colaborado con sus opiniones en este artículo: Jesús Encinar, Ricardo Galli, David Maeztu, Julio Alonso, Enrique Dans y Juan Gómez-Jurado. Gracias a todos ellos por responder tan rápidamente y más aún en estas fechas.

En Nación Red | Ley Sinde
Imagen | NrkBeta | Joanna Poe | JKO Contreras | Brian Turner

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