Lo que la Ley Sinde-Wert esconde

Lo que la Ley Sinde-Wert esconde
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Tras el fragor del viernes pasado, en que primaron las reacciones y comentarios, críticas y la indignación creciente por la aprobación del reglamento que desarrolla la Disposición Final Segunda de la Ley de Economía Sostenible, toca reflexionar. Se ha llamado a la rebelión, al desacato, a la desobediencia civil y al boicot, pero es importante saber por qué, no vaya a ser que las ramas no nos dejen ver el árbol (y mucho menos el bosque).

Precisamente esto es lo que ha pasado con la Ley Sinde, ahora Wert. Los grupos de presión de la industria de contenidos se han cuidado muy bien de hablar de “piratas, delincuentes, ganapanes e incluso terroristas“ y demás, asegurando a los cuatro vientos que dicha ley está destinada a combatir “la piratería cultural en Internet”. Han arrimado el ascua a su sardina, y les ha salido bien… o eso creen.

Los defensores de la ley, que incluyen además de la industria y algunos autores y creadores (no todos, gracias a los dioses) y algún que otro sociólogo, focalizan en que nosotros, los que vemos ésto como un peligro, debemos justificar las descargas de peliculas y música y explicar “si ésto no es robar, qué es”, y que nos dejemos de historias con la “libertad de expresión”.

Vamos, que nos dicen que estamos justificando ver cine, series y escuchar música de gratis basándonos en las “libertades de expresión e información”. Pues hablemos de libertad de expresión e información, porque la cosa va más allá de los derechos de autor.

No hay que ser muy rebuscado. Simplemente con escribir cualquier artículo banal e ilustrarlo con una foto (por ejemplo una receta de cocina), dar información sobre cómo ver en Internet un evento que se emite en abierto por televisión... Cuando hagamos esto, estaremos incurriendo en infracción de copyright, y alguien que no conocemos ni conoceremos, puede denunciarnos.

“Oh, es que esto de hacer un blog de recetas de cocina no es realmente importante.” Bueno, para usted, aristócrata de la intelectualidad, puede que no, pero recuerde que aquí, al menos de momento, cualquiera tiene derecho a decir lo que le plazca, a menos que atente contra la libertad de un tercero. Y además, ¿quien decide qué es importante y qué no? ¿Usted? Se equivoca.

Cualquier página de recetas de cocina medianamente trabajada seguramente tenga más lectores y audiencia semanal que la mayoría de escritores, músicos y películas patrios. Si basamos la importancia y la relevancia en la audiencia, más de uno de esos aristócratas debería quedarse en su casa y no salir en mucho tiempo.

Cada uno ejerce su libertad personal para decidir que es importante en cada momento. Con la nueva comisión, se puede dar el caso que alguien considere, bajo su estricto criterio, que tal o cual web “no es adecuada” para nosotros.

Pero hablemos, de todos modos, de “cosas serias e importantes”. Periódicos y medios de prensa también pueden caer en el saco de la Ley Sinde-Wert. Escribir usando material de documentación, publicar una noticia sobre tal o cual empresa y escribir su nombre o ilustrar la noticia con su logotipo, puede incurrir en delito de infracción de copyright y llevar al cierre del medio en cuestión. “Oiga, ¿pero no existe el derecho de cita?” A partir del 1 de Marzo, puede que si, o puede que no. Dependerá del estado de ánimo del ‘titular de derechos’.

Es más, los que defienden la nueva ley-basura también pueden caer en sus redes sin saberlo. Usando otros artículos para citarlos, parafrasear fragmentos de cualquier novela, artículo o recorte de prensa o simplemente enlazarlo, por no decir “copiar literalmente” uno de esos fragmentos. Escriban una reseña de un libro e incluyan una imagen de la portada. Si lo que escriben no gusta a la editorial, ésta podrá denunciarles por usar la portada sin consentimiento. Defiendan entonces su ley.

Pero la Ley Sinde-Wert, como decía, afecta a todo aquel que publique algo, sea lo que sea, en Internet. El ‘problema’ (entre comillas muy grandes) es que la mayor parte de usuarios de Internet crean contenido ‘inconscientemente’. Veamos un caso práctico: los trabajadores de una empresa, por ejemplo un hospital infantil, tienen un ámbito laboral muy bien definido y para nada se basa en las nuevas tecnologías de la red.

Pero llegan las fiestas navideñas y deciden hacer un video de felicitación en que aparecen todos bailando al son de cualquier canción. Si, un lip-dub es creación (remezcla) de contenido. Pues a partir del 1 de Marzo, el titular de los derechos de la misma, o cualquier entidad de gestión, puede denunciarles por infracción de copyright por no haber pagado los royalties correspondientes.

Aquí estamos hablando de una felicitación navideña de los trabajadores de una empresa (y si nos ponemos moralistas, un hospital para pobres e indefensos niños, ¿que ya nadie piensa en ellos o qué?), pero también podemos hablar de vídeos caseros que alguien realice con las fotos de sus vacaciones, aderezadas con una canción. Hablamos de grupos, intérpretes musicales o guitarristas amateurs que se graben tocando versiones…

Todo eso es creación de contenido en Internet (amateur, si, pero lo es), y es susceptible de ser delito a partir del 1 de Marzo de 2012. Las opciones que tendremos a partir de ahí pasan por retirar el contenido presuntamente infractor, o someternos a sanciones y castigos que nadie sabe con certeza qué pueden ser, porque no están especificadas. ¿Multas? ¿Cárcel? ¿La retirada de nuestra ración semanal de chocolate? Nadie lo sabe.

Las ramas de la Ley Sinde-Wert dicen que todo está destinado a eliminar la piratería de contenidos de las grandes productoras de contenidos. Pero mientras los grupos de presión agitan esas ramas, muy pocos son capaces de ver el bosque, que es la posibilidad que se cierre cualquier página web que trate de cualquier tema, o las sanciones, aún por determinar, para aquellos que suban vídeos lip-dub felicitando las fiestas a sus amigos.

Y no, no acepto que nadie me llame agorero ni catastrofista. Si hay ejemplos muy claros de casos en que se han apretado las tuercas, y mucho, para cobrar derechos de autor en representaciones benéficas o fiestas populares, ¿dónde está el límite?

Pues el límite está en la imaginación de los titulares de los derechos y de los miembros de la Comisión gubernamental, que pueden denunciarnos a todos, por lo que les apetezca y en cualquier momento, nos bajemos películas o música o no.

En Genbeta | Hablamos con Jesús Encinar, Ricardo Galli, Julio Alonso, David Maeztu, Juan Goméz-Jurado y Enrique Dans sobre la Ley Sinde

En Nación Red | Wert: “España no puede ser la Somalia de la piratería digital” | Del #nolesvotes al #nolescompres [boicot a los defensores de la Ley Sinde]

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