Cuando se piensa en lo que pueden sumar los hijos a una pensión, conviene saber que hay dos complementos distintos y que cada uno funciona con sus propias reglas. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, lo ha explicado en un vídeo de YouTube, y su primera advertencia es esta: “Todas las pensiones causadas, generadas antes de 2016, no tienen derecho a estos complementos se solicite cuando se solicite”.
Tres etapas según la fecha. A partir de ahí, Muñoz separa los periodos que hay que tener en cuenta. “Las pensiones reconocidas entre 2016 y 2021, tanto hombres como mujeres pueden tener derecho al complemento de maternidad a partir del segundo hijo. Y a partir de 2021 se puede tener derecho al complemento de brecha de género a partir de un hijo, tanto hombres como mujeres”, explica. Por eso, el dato que manda es la fecha en la que se generó la pensión, no la de la solicitud.
Del porcentaje a la cuantía fija. La forma de calcular el dinero también cambia mucho de un modelo a otro. “Existen dos complementos y cada uno con su normativa”, comenta Muñoz. El de maternidad entró en vigor el 1 de enero de 2016 para quienes generaban su pensión desde ese año y se pagaba a partir del segundo hijo como un porcentaje: un 5% con dos hijos, un 10% con tres y un 15% con cuatro o más.
El segundo, el llamado complemento de brecha de género, llegó en febrero de 2021 con el Real Decreto-ley 3/2021 y sustituyó al anterior. “Ese complemento se abona a partir del primer hijo y una cuantía fija”, añade. Además, la Seguridad Social precisa en su criterio de gestión 12/2025 que, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 15 de mayo de 2025, este complemento se debe aplicar a los hombres en los mismos términos que a las mujeres.
Padre y madre, entre 2016 y 2021. Otra parte de su intervención aborda si los dos progenitores pueden cobrar a la vez. En el caso del complemento de maternidad, Muñoz recuerda que “se pensó para que solo pudieran cobrarlo las mujeres” y que, por ese motivo, “en la legislación no se estableció la incompatibilidad entre ambos progenitores”. “Por tanto, si ambos progenitores generan pensión entre 2016 y 2021, ambos progenitores pueden cobrar el complemento de maternidad”, sentencia.
Solo uno desde 2021. Ahora bien, con el complemento de brecha de género la situación es muy distinta. “El complemento de brecha de género sí establece la incompatibilidad entre ambos progenitores. Por tanto, si tanto un progenitor como el otro solicitan o se le aprueba una pensión a partir de 2021, en ese caso, solo uno de ellos podrá percibirlo”, aclara Muñoz.
Cuando los dos reúnen las condiciones, según el mismo criterio de la Seguridad Social, el complemento corresponde al progenitor cuya pensión, o suma de pensiones públicas, tenga una cuantía menor.
Foto | Alfonso Muñoz