La Renta 2024 está a la vuelta de la esquina, y es importante tener ya recaba toda la documentación que nos hará falta para presentar este trámite tan fundamental en el año. La Renta poco a poco es cada vez más significativa, ya que el SMI comenzará a tributar por IRPF y también todos los desempleados tendrán que presentar la renta, sea cual sea el ingreso que hayan tenido.
Pero para poder optimizar la Renta, e incluso no llegar a pagar nada de IRPF si se cobra el SMI, son importantes las deducciones o desgravaciones fiscales. En la normativa fiscal se pueden encontrar una gran cantidad de deducciones que va a ir reduciendo la base monetaria que va a tributar para el cálculo del IRPF. De esta manera, se trata de pagar lo menos posible a Hacienda o incluso que nos devuelvan algo de dinero.
En este artículo analizamos algunas de las deducciones más comunes que te vas a poder aplicar, y también fáciles de justificar, y que te ayudarán a pagar menos en tu declaración de la Renta. Pero tanto para este año como pensando en la del siguiente año.
Donaciones a ONGs o partidos políticos
Puede ser usual que se haga una donación a alguna asociación benéfica que tiene alguna causa detrás como por ejemplo la investigación o el apoyo a colectivos desfavorecidos. Todas estas deducciones te las vas a poder desgravar en la Renta, así como las cuotas que se pagan a asociaciones y también sindicatos.

Hasta 150 euros de donación o de cuota mensual vas a poder desgravarte en la Renta el 80%, siempre que sea una ONG reconocida por el Estado. A partir de los 150 euros se reduce hasta el 35%. En el caso de sindicatos se va a poder deducir el 35% de las cuotas, sin ningún tipo de límite.
Si apoyas a algún partido político legalmente registrado ante el Ministerio del Interior, vas a poder disfrutar de una deducción del 20% con un máximo de 600 euros.
Deducciones en el alquiler y la compra de una vivienda
Ya el año pasado vimos como muchas comunidades autónomas apostaban, dentro de su competencia fiscal, a habilitar una deducción por el pago del alquiler o la compra de una vivienda a diferentes colectivos. Los porcentajes van a variar entre comunidades autónomas, y si es tu situación es importante estar atento a la publicación de los detalles.
Si el contrato de alquiler está firmado antes del 1 de enero de 2015 si que vas a poder desgravarte a nivel estatal el 10,05% siempre que la base imponible no supera los 24.107,20 euros anuales. Pero siempre esto hay que tenerlo muy bien justificado con un alquiler completamente legal y siempre que el propietario esté al corriente de los pagos de IRPF por este alquiler.
Deducción por gastos de alimentos o transporte
En el caso de que seas autónomo, son muchos los gastos que te vas a poder deducir en el modelo 100. Las dietas que hayas tenido en el día a día en materia de comida o alojamiento, incluso en el transporte que hayas tenido que coger para desarrollar la actividad laboral, se van a poder deducir de la Renta. Todo ello con el objetivo de reducir la base imponible y pagar menos IRPF.
Obviamente todas estas deducciones van a ser estudiadas, sobre todo si nunca las has presentado en las declaraciones anteriores. En este caso el requerimiento de información se fundamentará en las facturas que justifiquen todos los gastos, y también si son compatibles con tu actividad económica que tengas dada de alta en el IAE.
Imágenes | Ibrahim Boran Christian Dubovan
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