Uber llega a Madrid pero... ¿es una plataforma de "compartir coche", como ellos dicen?

Uber llega a Madrid pero... ¿es una plataforma de "compartir coche", como ellos dicen?

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Uber llega a Madrid pero... ¿es una plataforma de "compartir coche", como ellos dicen?

Uber llega a Madrid, tal cual ha anunciado la compañía esta misma mañana. Hasta ahí pocas sorpresas, ya que en la propia página se veían ofertas de empleo para la capital española y todos dábamos por hecho que más pronto que tarde se animarían a dar el salto. Sin embargo, en la nota del lanzamiento que se ha enviado a los medios hay un término que se repite en exceso: "ride-sharing" o "compartir coche" si lo traducimos al castellano.

"Este servicio ofrece la posibilidad a los pasajeros de reservar un coche con un simple clic y permite a los propietarios de un vehículo particular compartir -a través del ride-sharing- los costes asociados a disponer de un vehículo que se encuentra parado de media más de un 95% del tiempo."

Lo que podéis leer sobre estas líneas es un pequeño fragmento de la nota de prensa a la que hacíamos referencia. En otra parte de la misma se cita a Alex Droulers, portavoz de Uber, diciendo lo siguiente: "Se trata de hacer mejor uso de los coches que ya se encuentran en la calle. Esta es una nueva manera de viajar que está cambiando el futuro de las ciudades en Europa, y que a su vez resuelve problemas como la congestión urbana, la falta de alternativas y la flexibilidad en movilidad".

¿Qué es compartir coche?

No es la primera vez que Uber en España se refiere a su plataforma como si ésta fuera la de un servicio que permite compartir coche al uso. Cuando hablamos con Ana Aguilar, portavoz de la compañía en Barcelona, nos insistía sobre esto mismo: "La retribución o el pago que hace el usuario está pensado para compartir a los gastos que genera el hecho de poseer un coche: pagar seguro, mantenimiento, parking, gasolina..."

Las diferencias con otros servicios de compartir coche son patentes. Pongamos por ejemplo Blablacar: si tu quieres ir de A hasta B, buscas en su página a alguien que ya vaya a hacer el trayecto entre A y B y vas en su coche. De esta forma, y si a la persona le costaría 10 euros en viaje (entre gasolina y otros gastos), al compartir el trayecto también compartiría este dinero. El pasajero que se apunta, y siguiendo este mismo ejemplo, pagaría 5 euros.

La interpretación que Uber da del término "coche compartido" es bastante... imaginativa

El funcionamiento de uberPOP, la versión de Uber que ha llegado a España, es bastante distinta. Tienes una aplicación y cuando quieres hacer un trayecto, ésta te manda a uno de sus conductores. Es decir, tú quieres ir de A a B y te envían a un conductor que te lleve de A a B, pero él inicialmente no tenía pensado hacer este recorrido. Pese a esto, Uber insiste:

"Uber quiere incentivar el uso del ride-sharing para que sus usuarios puedan compartir los gastos derivados de sus propios vehículos utilizándolos de manera más eficiente, contribuyendo así a la mejora de la movilidad urbana. Este ajuste convierte a uberPOP en el servicio de ride-sharing más asequible tanto en Barcelona como en Madrid."

"Compartir coche", "compartir gasto"... ¿Seguro que estamos hablando de Uber? Es decir, en un uberPOP se comparte coche en el sentido más estricto de la palabra (dos personas van en el mismo vehículo), pero ¿de verdad puede considerarse un servicio de ride-sharing?

¿Qué dice la legislación?

Hace unos meses, cuando se originaba el conflicto, repasábamos en Xataka lo que dice la legislación actual en el artículo 101 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), en la que se hablaba de transportes privados y transportes públicos. Los públicos (taxis, buses, etc.) necesitan licencia específica para operar. Pero ¿qué es un transporte privado? Para que se pueda considerar como tal han de darse los siguientes requisitos:

a) Estar dedicados a satisfacer las necesidades de desplazamiento de carácter personal o doméstico del titular del vehículo y sus allegados. En ningún caso, salvo el supuesto de percepción de dietas o gastos de desplazamiento para su titular, el transporte particular puede dar lugar a remuneraciones dinerarias directas o indirectas. b) Realizarse en vehículos cuyo número de plazas, o capacidad de carga, no exceda de los límites que reglamentariamente se establezcan.

Según Blablacar, ellos no entrarían dentro de esta categoría ya que no existe ánimo de lucro y simplemente se comparten los gastos del viaje (de ahí la importancia de que sea el propio servicio el que sugiere y limita las tarifas). En cualquier caso, y frente a un juez, no está muy claro qué ocurriría aunque parece lógico pensar que Blablacar se salvaría de la "quema". A fin de cuentas, es como si compartieses el coche con tus compis de universidad de toda la vida para ahorrar gasolina, salvo que en lugar de encontrar pasajeros hablando con ellos o poniendo un cartel, recurres a Internet.

En el caso de Uber, no está tan claro que ése sea el modelo. Con uberPOP existe ánimo de lucro (lo de "compartir gastos" es relativo) ya que un conductor lleva a una persona desde A hasta B y le cobra ese viaje, no la mitad del mismo. Tan fácil como pensar qué ocurriría si dicho conductor no tuviese cliente. ¿Iría desde A a B? No, puesto que no tenía intención de realizar ese trayecto hasta que el pasajero se lo había pedido. Lo hablábamos con varios abogados en su día y todos parecen coincidir: para dar el servicio uberPOP en España son necesarias licencias VTC, que sus conductores, particulares, no poseen.

Ahora todos quieren "compartir coche"

Entonces, ¿por qué ahora Uber insiste en su discurso del "compartir coche"? El pasado mes de junio, y por las presiones de los taxis, el Ministerio de Fomento publicó un comunicado amenazante en su web recordando, básicamente, que los "taxis pirata" no están permitidos y amenazando con multas tanto a la empresa, los viajeros y los conductores. No mencionaba a ningún servicio directamente, pero pronto todos los dedos apuntaron hacia Blablacar y Uber.

Tras la polémica, Fomento tardó apenas unas horas en desmentir que servicios como Blablacar estuvieran incluidos en la amenaza, ya que el compartir gastos no contaba como "retribución" y por tanto no necesitan licencia para operar. La estrategia ahora de Uber parece clara: quieren colarse dentro del saco de "compartir coche" e intentar que el Ministerio les acepte como tal.

Da la impresión de que Uber quiere compararse a Blablacar para salvarse de la "persecución" del Ministerio de Fomento

Lo cierto es que lo van a tener difícil. En junio, y después de la advertencia de Fomento, la Generalitat pedía el "cierre inmediato" de Uber. Ahora llegan a Madrid, en una Comunidad Autónoma donde ya han legislado contra Airbnb y donde los taxistas ya han protagonizado numerosas protestas. Me da a mí que con Uber en España tenemos culebrón para rato.

Imagen | Uber
En Xataka | BlaBlaCar en el laberinto legal: por qué Fomento va tras Uber y permite el compartir coche

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